Con el pasar de los años hemos visto como las zonas urbanas de nuestra región se edifican en condominio como una nueva política de construcción regional, tanto a nivel privado como subvencionado por el Estado,  y  precisamente para satisfacer las necesidades de organización dentro de esta vida en copropiedad  se ha dictado nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442 que vino a reformar la antigua ley N° 19.537, que data de mas de 20 años de antigüedad.

Los condominio de la región deberán adecuar sus reglamentos dentro del plazo de un año a las disposiciones de esta nueva ley que da paso a la creación del Registro Nacional de Administradores de Condominios, a cargo de la Secretaría Ejecutiva de Condominios, donde no solo deberán inscribirse los administradores de dichos condominio sino además acreditar los requisitos que la mentada ley indica, entre ellos, tener capacitaciones en administración, certificación de competencias laborales  y licencia de enseñanza media, estableciéndose como una nueva profesión dentro de aquellos que se han acostumbrado a asumir la administración de los condominios donde habitualmente viven, estableciéndose sanciones graves, gravísimas, menos graves y leves para los administradores que no cumplan las normas que regulan el funcionamiento del condominio, los cuales además podrán recibir sueldos por el ejercicio de esta función, previo acuerdo de la asamblea.-

Esta adecuación legislativa trae consigo la posibilidad que cada reglamento de copropiedad acordar la participación en las asambleas de manera virtual, a través de videoconferencias o por otros medios telemáticos de comunicación similares como una solución al distanciamiento vivido en pandemia.-

Sin mencionar el avance en la contratación de seguros colectivos que deberán tener los condominio de nuestra región una vez que entre a regir el reglamento de esta ley, gran avance en la comunidad de la que forman parte todos aquellos que se han acogido a la ley de condominio, que con esta nueva ley vino a mejorar la eficacia del ejercicio de las funciones de administración.-

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